Exigimos independencia judicial en investigaciones del 9 y 10S


4 de marzo de 2021

El 9 y 10 de septiembre de 2020 la brutalidad policial se tomó las calles de Bogotá y las cubrió de sangre. La respuesta represiva y sistemáticamente violenta que caracteriza el actuar de la Policía Nacional y sus agentes dejó sin vida a 14 personas, más de 70 heridas y 3 víctimas de violencia sexual. En las movilizaciones de esos días la ciudadanía ejercía su derecho a la protesta con ocasión del homicidio de Javier Ordóñez, precisamente en manos de agentes de dicha institución.

En medio del lento avance de las investigaciones, el pasado 18 de enero de 2021 la Fiscalía imputó cargos a tres de los policías involucrados en estos hechos (1) que, presuntamente, habrían cometido el homicidio de cuatro personas en el marco de las movilizaciones del 9 de septiembre. Sin embargo, como ya es habitual en estos casos, la defensa de los miembros de la Fuerza Pública solicitó que la Justicia Penal Militar asumiera la competencia para juzgar a dos de los policías que habían comparecido por considerar que los hechos fueron actos del servicio, y durante las audiencias preliminares los jueces de control de garantías no tramitaron la petición de competencia de la justicia penal militar, argumentando que esto debía resolverlo el juez de conocimiento. Es decir, la posibilidad de que los casos sean conocidos por la jurisdicción militar sigue abierta dentro de las audiencias de imputación de cargos que están pendientes.



En este punto, es preciso recordar que no es la Justicia Penal Militar la que debe conocer de estos delitos, investigar, juzgar y sancionar a los responsables, pues en el marco de la protesta social tales delitos están por fuera de todo acto de servicio, carecen de un vínculo próximo y directo, y tienen un propósito criminal contrario a las funciones que señala la Constitución y la ley a los miembros activos de la Fuerza Pública.

No obstante la importancia de que la justicia ordinaria investigue los crímenes del 9 y 10 de septiembre, la Fiscalía encabezada por Francisco Barbosa tampoco constituye hoy una garantía de justicia para las víctimas. Solo en un caso se ha dictado medida de aseguramiento con detención: el del patrullero que disparó contra el ciudadano Anthony Gabriel Estrada Espinosa. En el resto de los casos de los ya imputados, la Fiscalía se ha cohibido de solicitar medidas de aseguramiento privativas de la libertad como la detención preventiva en establecimiento de reclusión, a pesar de que existe un grave peligro para las víctimas y la comunidad de que los involucrados evadan a la justicia, obstruyan la investigación e incluso repitan estas conductas.

Tampoco es claro el panorama frente al conjunto de la investigación por los hechos del 9 y 10s, pues hasta el momento solo tres policías han sido imputados a pesar de que todas las víctimas han interpuesto denuncias, y de que se cuenta con abundante material probatorio sobre lo ocurrido. Una muestra de la magnitud de los hechos, que contrasta con el avance investigativo, son los 87 procesos disciplinarios abiertos por la Procuraduría General de la Nación en contra de miembros de la policía que habrían utilizado sus municiones entre el 9 y 10 de septiembre.

La represión violenta a las protestas ocurrida durante estos dos días de 2020 no fue un hecho aislado. Se suma a la sistemática persecución contra la protesta social y constituye una grave violación a los derechos humanos de la población civil que se moviliza y eleva exigencias que contrarían los intereses del status quo. Basta con recordar el fallo de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia del pasado 22 de septiembre de 2020, que protegió este derecho fundamental y ordenó reformas estructurales para prevenir y sancionar los abusos de autoridad en el marco de la manifestación ciudadana.

Ante la actitud del Ejecutivo, que descalificó dicho fallo y sigue sin acatarlo a cabalidad, exhortamos a las autoridades nacionales y territoriales, particularmente al gobierno y la Fuerza Pública, a cumplir con la orden proferida por la Corte Suprema de mantener una posición neutral frente a la protesta social, garantizar y proteger los derechos de la ciudadanía que se manifiesta pacíficamente.

Además, como organizaciones y plataformas de derechos humanos, nuestra exigencia a la Fiscalía General de la Nación es clara: es imperativo que actúe bajo estricto cumplimiento de sus funciones, atendiendo a las exigencias de las víctimas de abusos en el uso de la fuerza en contextos de protesta, garantizando y protegiendo sus derechos en el marco de los procesos penales que se adelanten en contra de los presuntos responsables, y tome medidas para identificar y sancionar también a los determinadores de estos delitos.

La Fiscalía debe adelantar sin dilaciones y con imparcialidad las investigaciones en contra de los uniformados que participaron en estos hechos, incluyendo los altos mandos, y tomar medidas que garanticen que no haya represalias contra las víctimas. De igual forma, le corresponde actuar de forma pronta, independiente y autónoma, sin atender a presiones o influencias de parte del Gobierno o las Fuerzas armadas, para procesar a los responsables de estas violaciones de derechos humanos que se enmarcan en un comportamiento sistemático, donde el Estado responde de manera violenta ante el ejercicio del derecho fundamental a la protesta social.

Suscriben,

Plataformas de Derechos Humanos


  • 1. Coordinación Colombia Europa Estados Unidos
  • 2. Alianza de Organizaciones Sociales y Afines
  • 3. Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo

Organizaciones


  • 1. Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda
  • 2. Comisión Colombiana de Juristas
  • 3. Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento -CODHES-
  • 4. Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo
  • 5. Viva la Ciudadanía
  • 6. Asonal Judicial S.I.
  • 7. Colombia Human Rights Committee
  • 8. Corporación Reiniciar
  • 9. Fasol
  • 10. Grupo Litigio Estratégico UIS
  • 11. ANDAS - Asociación Nacional de Ayuda Solidaria, Capítulo Huila
  • 12. ASAMBLEA PROVINCIAL CONSTITUYENTE DEL ORIENTE ANTIOQUEÑO
  • 13. Asociación MINGA
  • 14. Asociación red de mujeres víctimas y profesionales
  • 15. Asojuntas Comuna 10 Estación Gutiérrez Dosquebradas Risaralda
  • 16. ASOMUDEM
  • 17. Campaña Internacional por la Defensa de las Cortes y la Democracia
  • 18. Ciudadanías por la Paz de Colombia
  • 19. Colombia humana saint HYACINTHE
  • 20. Comunal
  • 21. Conciliadores En Equidad
  • 22. Convergencia Internacional -NY
  • 23. Corporación Conciudadanía
  • 24. Corporación Cultural para el desarrollo Arlequín y los Juglares
  • 25. CPDH Colombia
  • 26. DESDE ADENTRO Grupo Socio Cultural
  • 27. Escuela Derecho Propio Laureano Inampues
  • 28. FCSPP Atlántico
  • 29. Foro Nacional por Colombia
  • 30. Fundación víctimas de estado desaparición Forzada ddhh (FVEDFDH)
  • 31. JAC Olarte
  • 32. MOVICE Meta
  • 33. MOVIMIENTO NACIONAL DE VÍCTIMAS DE CRÍMENES DE ESTADO-MOVICE
  • 34. Polo Democrático Alternativo
  • 35. Red De Mujeres Nodo Caldas
  • 36. Sintraime la jagua
  • 37. Sintravidricol
  • 38. Vamos Cundinamarca

Personas


  • 1. Adriana María Diosa Colorado, Corporación Cultural para el desarrollo Arlequín y los Juglares
  • 2. Ana Aracelly Hoyos Gómez, Ciudadanía
  • 3. Andrea Toro, Colombia humana
  • 4. Anton Castro, Partido FARC
  • 5. Beatriz Durango Hernández, Ciudadanía
  • 6. Blanca Valdelamar Navarro, Conciliadores En Equidad
  • 7. Boris Orjuela, Colectivo OFB
  • 8. Carlos Arturo Correa Páez, Ciudadanía
  • 9. Claudia Campo Cisneros, JAC Olarte
  • 10. Cristian Oswaldo Quintero Rincon, Vamos Cundinamarca
  • 11. Diana Sánchez Lara, Asociación MINGA
  • 12. Eduardo Bustamante, Asamblea Provincial Constituyente Del Oriente Antioqueño
  • 13. Enrique Rico, Docente Pensionado
  • 14. Fernando Matamoros Castiblanco, Ciudadanía
  • 15. Jairo Alberto Guerrero Davila, Escuela Derecho Propio Laureano Inampues
  • 16. Jesus Rodriguez De Las Salas, Sinproseg
  • 17. José David Ortega Ruiz, ASCSUCOR
  • 18. Joselito Rojas Rico, Asonal Judicial S.I
  • 19. Juan Sebastián Quintero Cabrera, Universidad Nacional
  • 20. Julia De Castro Andrade, Ciudadana
  • 21. Julio Cesar Bonilla Mosquera, Líderes Barriales
  • 22. Leidy Jhoana Dávila Cano, Universidad de Antioquia
  • 23. Leonor Cortés Bolívar, Colombia Humana
  • 24. Luisa Antonia Serrano Gómez, Persona
  • 25. Luisa María Muñoz López, Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo
  • 26. Luz Mery Velasquez Carmona, DESDE ADENTRO Grupo Socio Cultural
  • 27. Maria Cecilia Lozano, ASOMUDEM
  • 28. Maria Cepeda Castro, Vamos Por Los Derechos Internacional
  • 29. Maria Jesus Cedeño Sarmiento, FCSPP Atlántico
  • 30. Maria Teresa Muñoz, Foro Nacional por Colombia
  • 31. Martha Rincón, Colombia humana saint HYACINTHE
  • 32. Maureén Maya, Piero x la paz
  • 33. Mildreth Solandy Hernández Rodríguez, Juventudes Unidas por la Sostenibilidad del Planeta
  • 34. Natalie Callejas, NA
  • 35. Nívea Esperanza Dorado Guerrero, Independiente
  • 36. Nixa Wguerddy Triana Balaguera, UNAL
  • 37. Ramiro Antonio Sandoval, Convergencia Internacional -NY
  • 38. Rosario Montoya Hoyos, Ceac
  • 39. Saúl Felipe Malagón Maldonado, Cajar
  • 40. Sonia Racines Velásquez, Comunal
  • 41. Stella Cano, Escuela de Paz Eje Cafetero
  • 42. Victoria Sandino Simanca Herrera, Senadora Partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común
  • 43. Vilma Gutiérrez Mendez, MOVICE Meta
  • 44. Wilfer Antonio Vergara García, Realizador radial Emisora Cultural U deA
  • 45. Willman Parraci Peña , ANDAS - Asociación Nacional de Ayuda Solidaria, Capítulo Huila
  • 46. Wilson Borja Díaz, Polo Democrático Alternativo
  • 47. Wilson Montoya Castro, Sintravidricol





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